DECISIÓN
En merito de lo expuesto este Tribunal Primero Transitorio de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIS AZOCAR, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO, ANZOÁTEGUI, ambos plenamente identificados en autos, por concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en consecuencia se ordena el pago de la suma total de Bs. 258.709,32. Adicionalmente se ordena a la Alcaldía accionada cancelar al demandante la diferencia que corresponda por concepto de intereses sobre la indemnización de antigüedad establecidos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, para el período 1.999-2000, tal como fue demandado, los cuales deberán calcularse sobre la cantidad de Bs. 3.493.341,00, que era la suma que legalmente correspondía can.....