Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: JESUS RAMÒN HEREDIA MARIN Y FRANCIS DEL VALLE ASTUDILLO ARCIA, ambos identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los unió, celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Anaco, del Estado Anzoátegui, en fecha, 14 de febrero de 1985, y así se decide.