Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL solicitado por la Representante de la Fiscalía Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui (Encargada) a la causa seguida al imputado IDENTIDAD OMITDA por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el articulo 277 del Código Penal en agravio del ORDEN PUBLICO. Se ordena la cesación de su condición de imputado, y la suspensión el presente Asunto, conforme lo indicado en los artículos 548, 549, 552, 553, 555, 561 literal "e", y 562, todos de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado sup.....