IV
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, propuesta por los ciudadanos ANGEL RAFAEL SALAZAR FLAMEZ y LUISA LEONOR FIGUEROA GUANAGUANEY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.284.626 y V-10.299.544, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado NIXON VARELA TORO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.619; disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Clarines, Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en f.....