DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por los ciudadanos JOSE ANTONIO MAITA PATIÑO e YLEINA ANTONIETA RUSSIAN RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.281.026 Y 12.885.541, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil contraído por los mencionados ciudadanos, en fecha 06 de Agosto de 1.993, por ante la Primera Autoridad Civil, del Municipio Simon Bolívar, Barcelona, del Estado Anzoátegui, conforme consta de copia certificada de Acta de Matrimonio, asentada bajo el N° 24.....