Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de los imputados JUAN CARLOS HERNANDEZ MENDOZA, LUIS ALBERTO CADAMO, EDUIN ALEXIS CARIMA, se encuentran presuntamente incursos en la comisión del delito de "DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS", previsto y sancionado en el articulo 59, de la ley penal de A en concordancia con los artículos 9,42,47-76-87-94 y 95 de la Ley de protección de Fauna silvestre en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3º que consiste en presentación cada Quince (15) días, por ante la oficina de alguacilazgo Se decreta como procedimiento a seguir el ORDINARIO. Líbrese el oficio respectivo. Regístrese. Publíquese. Déjese copia. Cúmplase.