Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 479, en relación con lo dispuesto en los artículos 480 y 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se Judicial Penal, previa aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la cual condenó al ciudadano CARLOS RAFAEL RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 20.916.125, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TENTATIVA DE HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 3 del Código Penal, cometido en perjuicio de la victima JACKSON PEREZ. SEGUNDO: Conforme al artículo 494 del Código Orgán.....