Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA DE OFICIO la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, otorgada a los acusados RAUL CELESTINO VARGAS CACIQUE, Venezolano, natural Barcelona-Anzoátegui titular de la Cédula de Identidad N° 14.212.066, donde nació el día 19-12-76, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos: CARMEN ANTONIA CACIQUE (V) y RAUL VARGAS (V), residenciado La Charneca, Calle La Flor, casa N° 2, Barcelona-Anzoátegui, Teléfono: 767762; y YACKSON JOSE MEJIAS, , quien es Venezolano, natural de Barcelona-Anzoátegui, titular de la cédula de identidad N° indocumentado, de 21 años de edad, donde nació en fecha: 30-8-73, de profesión u oficio obrero, soltero, hijo de LIGIA MARGARITA MEDINA (V) Y LIOBALDO .....