Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos: GABRIEL JOSÉ LUCES MARCANO y ELINEL DEL VALLE MARCANO MAURERA, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha quince de diciembre de dos mil cuatro, por ante el Concejo Municipal del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 237-A, en el Libro de actas de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 2004, y así se decide.-