DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, EL CESE INMEDIATO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS impuestas al ciudadano ALFONSO ALEJANDRO ROMERO, quien es venezolano, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 20/01/´78, de 24 años de edad, estado civil soltero, profesión Barbero, hijo de María de Lordes Romero, titular de la cédula de identidad N° V-14.930.995, domiciliado en calle El Silencio, callejón Oeste, s/n, casa de color marrón con verde, cerca del Pool Hawaii, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; pudiendo ser solo reabierta la presente investigación cuando surjan nuevos elementos que así lo justifiquen previa autorización del Juez. Librese Oficio remitiendo las pre.....