DECISIÓN
En mérito de lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano TYRONE GÓMEZ MORALES, en contra de la empresa DIPROMARK, C.A., todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar al demandante, los siguientes montos y conceptos:
- La suma de Bs. 1.195.872,00, por concepto de preaviso de conformidad al literal d del artículo 125 de la Ley orgánica del Trabajo.
- La suma de Bs. 2.391.744,00, por concepto de indemnización por despido conforme al numeral 2 del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo.
- La suma de Bs. 3.188.992,00, por concepto de indemnización de antigüedad de conformidad al contenido del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo.
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