De lo expuesto se concluye, que la solicitud del Ministerio Público se encuentra ajustada a derecho y en consecuencia este Tribunal de Control N° 07 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA PROTECCIÓN a la víctima NELSON GONZALEZ, consistente en apostamiento policial, en su residencia ubicada en la SECTOR A, TERRAZA N° 01, CASA N° 01, POZUELO, PUERTO LA CRUZ- ESTADO ANZOATEGUI, extensiva a sus familiares que cohabitan con el referido Ciudadano, conducentes a garantizar el derecho a la vida, protección de la integridad física y derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, por un lapso de TREINTA (30) DÍAS, de conformidad con lo establecido en los Artículos 81, 82, 83, 84 y 86 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con lo establecido en los Artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La protección acordada quedará asignada a la Co.....