DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero en Función de Control, Audiencias y Medidas con competencia especial en delitos en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA:
1.) Dejar sin efecto la realización de la Audiencia de Verificación de condiciones.
2.) LIBRAR ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano GREGORIO ANTONIO GONZALEZ ALFONZO, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.417.584, venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació el 10-08-1969, de 37 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Expendedor de Pescado, hijo de: ALBERTO RAMON GOZALEZ (F) y de JORMA DEL VALLE ALFONZO (V), residenciado en: Sector El Chiripero, Calle Bello Monte, casa N° S/N, Bello Monte, Puerto la Cruz, teléfono: 0416-4935037, Estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 numeral 1 del .....