en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana LILIANA DEL VALLE PEREZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.169.327, debidamente asistida por los abogados en ejercicio GAITAN PEREZ y RAUL RANGEL, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 24.862 y 18.978, mediante la cual solicita la disolución del vinculo conyugal, en contra del ciudadano JOSE LUIS MENDOZA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula.....