Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la región Nor Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de la Ley y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Henderson de Jesús Vivas Maita, asistido por el ciudadano Cris Greysi Taberna Cabrera, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 271.737; contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 01/2017, de fecha once (11) de julio de 2017, suscrita por la Abogada Jeira Salazar, en su carácter de Jueza Coordinadora Judicial de los Tribunales Contra La Violencia de la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, todos ya identificados en autos.- Y así se decide.-
SEGUNDO: Remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, en su oportunidad Legal correspondiente.-