Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio que Daños y Perjuicios, que hubiere incoado los Ciudadanos FRANCISCO RAMÓN MALDONADO MARTÍNEZ, ADRIANA COROMOTO MALDONADO MARTÍNEZ, RAFAEL FERNÁN MALDONADO MARTÍNEZ y RICARDO OVIDIO MALDONADO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del estado Anzoátegui y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.349.352, V-10.287.137, V-11.910.059 y 11.416.385 respectivamente, a través de sus apoderados judiciales abogados en ejercicio Francisco Javier Sarmiento, y Astrid Catherine Sarmiento Medina, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-1.153.773 y V-16.253.09.....