En consecuencia, se ordena oficiar a: 1) Gerente de la empresa PEDECA, C.A, con sede en la ciudad de Barcelona, sector los Mesones, Barcelona, Estado Anzoátegui, en la persona del Ingeniero Antonio G. Narváez B. 2) Gerente de la entidad Bancaria Mercantil, agencia situada en la Avenida Intercomunal frente a Mercal, sector Las Garzas, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que remita en cheque de gerencia a nombre de este Juzgado de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, LA CUOTA PARTE correspondiente por concepto de Indemnización, Fideicomiso, Pensión de Sobreviviente, Prestaciones Sociales, Seguro de Vida, Seguro Social, Caja de Ahorros, Ley de Política Habitacional, Muerte por Accidente, Gastos Funerarios y pagos que les corresponden al adolescente antes identificado, y cualquier otro beneficio por el fallecimiento de su padre ciudadano HECTOR REYES LUNA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de l.....