esta Jueza del Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud propuesta por el ciudadano CARLOS LUIS ESPINOZA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad Nº V-19.839.044, domiciliado en la Calle 02, Casa Nº 17, Sector 01, Boyacá III, Barcelona, Estado Anzoátegui, y en consecuencia se acordó hacer las siguientes designaciones, como TUTOR LEGAL: CARLOS LUIS ESPINOZA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad Nº V-19.839.044, en su condición de hermano, PROTUTOR: ILIANA DEL CARMEN FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.102.285, (TIA MATERNA), en domiciliada en Naricual, Calle Boyacá, Casa Nº 41, Estado Anzo.....