Sobre la base de los razonamientos que anteceden, este Tribunal, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara parcialmente con lugar la acción autónoma de amparo intentada por el ciudadano Franklin Rafael Morillo Polanco, en contra de la empresa Construcciones y Montajes Uriman, S.A. y en consecuencia, ordena a dicha empresa pague al actor los salarios dejados de percibir desde el 12 de diciembre de 2003 hasta el 12 de agosto de 2004, ambos inclusive, mas todas las anexidades salariales que sean procedentes y la corrección monetaria que resulte de establecer la pérdida del valor adquisitivo del monto a pagar, de acuerdo a los índices que publica periódicamente el Banco Central de Venezuela, para el cálculo de dichas cantidades se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo.
Con respecto a la solicitud de reenganche, dado el hecho de que por confesión del mismo actor y por cuanto existen suficientes evidencias en autos de que a partir del 12 de ag.....