Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por NULIDAD DE CONTRATO, interpuesta por las ciudadanas ROSA DEL CARMEN BASCUÑAN SEGOVIA, ELBA YOLANDA SEGOVIA GUERRERO, y la Sociedad Mercantil FRANCO MAT, C.A, en contra del ciudadano EDUARDO JAK YATIM D YABER, identificado en autos.-
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el presente proceso, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese y publíquese.-