DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD BAJO FIANZA a favor del imputado AMIRCA ANTONIO VARGAS MAITA, venezolano, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 23-04-1988, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Barbero, residenciado en: AVENIDAD 24, CALLE NUEVA, SECTOR BELLO MONTE, CASA SIN NUMERO, PUERTO LA CRUZ, estado Anzoátegui, portador de la cedula de identidad V-193616.687, por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previstos y sancionados en el artículo 218 del Código Penal Venezolano Vigente y Artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, todo conforme a lo establecido en el artículo 256, numerales 3º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal. El P.....