Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de Divorcio que hubiere incoado el ciudadano RAFAEL ÁNGEL ESCALONA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.425.682 y de este domicilio, representado por los Abogados CARLOS ENRIQUE GUAICARA ARRIOJAS y LUÍS ABRAHAM GARCÍA GARCÍA, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 42.416 y 116.771, respectivamente, contra la ciudadana MIOSOTIS DEL ROCÍO ASUNCIÓN FONDA, ecuatoriana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.520.111 y de este domicilio, con fundamento en la Causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil, ordena reponer la presente causa al estado de nombrarle a la demandada un nuevo defensor ad litem con quien se ente.....