En este sentido habiéndose constatado que la parte solicitante no compareció ni por si ni por medio de apoderado, esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera: PRIMERO: el desistimiento de la presente demanda presentada por la ciudadana NILDA DILENIS NIETO ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.230.739, domiciliada en: Urbanización Laguna Vieja, Nº 34, frente Centro Comercial Puente Real, Avenida San Cristóbal, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, estado Anzoátegui, a favor de su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, abog. NELMAR CONTRERAS, en contra del ciudadano CARLOS ZAMBRANO MEDINA, venezolano, mayor de edad, .....