En fuerza de las consideraciones precedentes, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la acción incoada por FRANKLIN JOSÉ DÍAZ CORDERO, JOSÉ LEONARDO CHIRINOS MORILLO y LUIS JOSÉ RINCONES NORIEGA, antes identificados contra PEPSI COLA VENEZUELA C. A., también identificada.