seguidamente este Tribunal en virtud de la incomparecencia de las partes solicitantes a la celebración de la audiencia preliminar en sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de
lo establecido en el artículo 514 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO, la solicitud de jurisdicción Voluntaria de DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia Nro. 693 de fecha 02/06/2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos ABELARDO ANDRES SAADE AROUTIN y ROXANINE CAROLINA QUIROZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-14.616.402 y V-23.709.127, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada GABRIELA YANEZ, inscrita en el IPSA,.....