Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA PENA, que le fuese impuesta a los penados MIGUEL GUAURA CASTRO Y EURICO ESPOSITO CHIAPETA, ya identificados anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Estado Anzoátegui, Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ, a los penados MIGUEL GUAURA CASTRO Y EURICO ESPOSITO CHIAPETA, y a la Defensa Dra. ELIZABETH HERNANDEZ BAUTISTA Y ARTURO GONZALEZ.-
Líbrense oficios al Director del Ministerio de Interior y Justicia, con sede en Caracas y al Presidente de la ONIDEX, Jefe del Departamento de Inteligencia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Barcelona y Caracas, a los fines de que se deje sin efecto y la misma sean bo.....