RESOLUCION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: Se admite totalmente el escrito acusatorio presentado por la Fiscal 1º del Ministerio Publico, Dra. AMPARO SOSA, en contra del acusado RUBEN ANTONIO CAMPOS GARCIA, por el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal, cometido en perjuicio del Hotel Doral Beach, por reunir la misma los requisitos establecidos en el articulo 326 del Código Organico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofertadas por el representante de la Vindicta Publica, por considerar que las mismas son licitas, pertinentes y necesarias para el proceso. TERCERO: Oída la admisión de los hechos por parte del imputado RUBEN ANTON.....