Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a los ciudadanos: JOSE RAFAEL VERA, quien es venezolano , natural de donde nació el día 19/03/1969, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.168.650, de estado civil soltero, de profesión u oficio andamiero , hijo de los ELISEO PINTO y OLIVIA VERA residenciado en: Puerto Píritu, Terrazas Bolivarianas, casa N. 05. Píritu Estado Anzoátegui por encontrarlo incurso en la presunta comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal Y RESITENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal 1° Ejusdem. Y para los ciudadanos: DOUGLAS JOSE DEL VALLE, quién es venezolano natural de caracas, Distrito Capital, t.....