Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRINCIONES, a los imputados: RENE ALEXANDER GONZALEZ GUEVARA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.225.458, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30-01-83, de 23 años de edad, Técnico en refrigeración, estado civil Casado, hijo de los ciudadanos MAGALI GONZALEZ (F) y ALFONZO GARCIA (V), residenciado SECTOR CALLE VENEZUELA N° 68, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui; y FELIPE NERY FERMIN REYES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.689.134, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació en fecha 21-03-1975, de 30 años de edad, chofer, estado civil soltero, hijo de los ciudadanos FELIPE FERMIN Y ODULIA REYES, residenciado CALLE SALON N° 42 El Paraíso, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. Líbrese los corr.....