En consecuencia, al evidenciarse del poder consignado por la ciudadana ILSE PORRAS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 3.661.670 , que no es de profesión abogado, ni actúa en su propio nombre y representación, no puede atribuirse la representación judicial en esta demanda de la ciudadana ISABEL MARGARITA VALERA DE YIBIRIN, titular de la cédula de identidad Nro. 8. 204.727, y en razón de ello la acción por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesta por la ciudadana ILSE PORRAS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 3.661.670, "actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana ISABEL MARGARITA VALERA DE YIBIRIN, titular de la cédula de identidad Nro. 8. 204.727, representación que consta en Instrumento Poder que me fuera otorgado por ante la Notaría Pública II Barcelona, Municipio Simón Bolívar, del estado Anzoátegui, el cual acompaño al presente escrito...debidamente asistida p.....