DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara RESPONSABLE, al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÒN EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el Artículo 83 del Código Penal, que se señala cometido en perjuicio del Ciudadano OSCAR ANTONIO ESTEBAN GARCÌA, y lo SANCIONA con la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literal d), 626, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 622 de la Ley Especial, en concordancia con el articulo 371 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la.....