Por los fundamentos antes expuestos, ESTE JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANOZATEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales intentó el ciudadano EDGAR TERESEN, titular de la cédula de identidad número 8.369.080 en contra de la empresa AGUAS MONAGAS C.A. ya identificada.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de CUARENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 40.530.298,69) por los conceptos condenados en la parte motiva de esta decisión.
TERCERO: En cuanto al concepto reclamado de intereses sobre la antiguedad, este Tribunal los acuerda y en consecuencia ordena realizar una experticia complementaria del fallo, a efectuarse por un único perit.....