Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra de los imputados HECTOR JOSE PANCHO JIMENEZ, quien es venezolano, INDOCUMENTADO, natural de Clarines, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 03-01-1990, de 18 años de edad, de estado civil en soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos HECTOR RAFAEL PANCHO y OMAIRA JIMENEZ, domiciliado en Santa Cruz, calle Principal, casa S/N, Clarines, (frente a la cancha deportiva), Estado Anzoátegui, y LUIS EDUARDO HENRIQUE ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.128.186, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 10 de Noviembre de 1988, de 19 años de edad, de estado civil en soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de los ciudadanos Fernando Velásquez (v) y Yhajaira C.....