Vista la diligencia de fecha ocho (08) de Noviembre de dos mil cuatro (2004), suscrita por la ciudadana CRIS ANA GARCÍA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 84.799, en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora de autos, mediante la cual desiste del presente procedimiento y solicita la devolución del poder original que cursa en autos, marcado ¿A¿; en consecuencia este Juzgado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le Imparte la Homologación. Y así se decide...