Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , de actualmente de trece (13) años de edad, nacida en fecha 07 de marzo del 2011, hija biológica de los ciudadanos ANDREINA YAMILETH NORIEGA DIAZ, (difunta) e IVAN JOSE BOMPART, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.763.519, interpuesta por la ciudadana: RUSMILENA DEL CARMEN DIAZ DE WIDENER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.326.50.....