declara PROCEDENTE la impugnación de la experticia complementaria del fallo de fecha cuatro (4) de diciembre de 2009, presentada por la representación judicial de la parte demandada ciudadanas YARISMA LOZADA y SAYURI RODRIGUEZ, abogadas en ejercicio, antes identificada, en consecuencia, se declara LA NULIDAD de la referida experticia complementaria del fallo, y de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda designar dos (2) experto contable en auto por separado, quienes deberán prestar juramento de ley a las 10:00 a.m. del tercer (3º) día hábil siguiente a la constancia en autos de su notificación, y una vez juramentado, el tribunal fijará el monto definitivo de la experticia al quinto (5º) día hábil siguiente de su juramentación.