Seguidamente en virtud de la incomparecencia de la parte demandante a la celebración de la audiencia preliminar en fase de Mediación sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de Demanda de MODIFICACION DE CUSTODIA, presentada por la Fiscal Décimo Quinto Encargada del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, Abg. MARY LOURDES FERRER, a requerimiento del ciudadano CARLOS JAVIER RAAZ ZAVALA, venezolano, mayor, de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.800.444, en contra de la ciudadana MARIELA DEL CARMEN CHIQUE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.839.691, domiciliada en: Avenida P.....