Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expresados, este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Con Lugar la solicitud de Sobreseimiento Provisional realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, y en consecuencia se DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor del Joven JOSE MIGUEL RODRIGUEZ GONZALEZ, Venezolano, natural de Barcelona, nacido en fecha 26-01-1986, de 19 años de edad, C.I- 19.854.874, con Quinto Grado de Primaria, hijo de Dianota Rodríguez (V) Y Arsenio Gonzalez (V), domiciliado en el Valle Lindo, Calle Negro Primero, Casa N° 1, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; por los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópi.....