Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL , AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano ROMULO SEGUNDO JIMÉNEZ ANDUJAR, en contra de la ciudadana ELENA JOSEFINA PEROZO FREITES, ambos anteriormente identificados , y se declara disuelto el vinculo matrimonial contraído por los antes nombrados ciudadanos , por ante la Prefectura de la Parroquia Norte del Municipio Carirubana del Estado Falcón , en fecha 14 de diciembre del año Dos mil (2000), insertada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios , bajo el N° 131 folio 84; llevados por dicha Prefectura, y agregada a los autos en copia certificada. Así se decide.-