En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por el abogado en ejercicio EDGAR RAMON PULGAR POLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.784, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana YOLANDA SALAZAR DE GUATACHE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.009.045, en contra de los Ciudadanos ROXANA DEL CARMEN BURIEL GUATACHE, CRUZ MANUEL GUARAMACO y ZENAIDA DEL CARMEN HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 8.270.306, 8.317.710 y 13.605.542, respectivamente, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ordena devolver los originales consignados en la misma. Así se.....