esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia SE ACUERDA: Declarar Con Lugar la solicitud de DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: ENRIQUE ANTONIO PRADO, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad V.- 14.439.709, actuando en nombre y representación de su hijo: .... asistido por el abogado GREGORIO AIDA FLORES PACHECO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 85.364; sobre las bienhechurías enclavadas en una parcela de terreno, ubicada en el callejón El Estadio, S/N, sector Pueblo Nuevo Sur, El Tigre del Estado Anzoátegui; Que mide diecisiete metros (17 Mts) de frente, por Veintitrés metros de largo (23 mts), dichas bienhechurias se encuentran constituida por una casa de 2 plan.....