Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Alcalde del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por la abogada Yadira Romero Avila, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.502, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano George Spyropoulos, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.868.219, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Notifíquese de dicha admisión al ciudadano Sindico Procurador del mismo Municipio, Igualmente, se ordena solicitar a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho si.....