esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por abogado ROMER JOSE CEDEÑO MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-3.754.607, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 81.287, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDICSON JOSE JIMENEZ MEJÌAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-19.312.673, domiciliado en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos los ciudadanos DARWIN RAFAEL JIMENEZ VEGAS, YANITZA DEL VALLE JIMENEZ VEGAS, MIRIANGELA DE LOS ANGELES JIMENEZ VEGAS, EDEINMY JAVIER JIMENEZ MEJIAS y ESTEBAN RAFAEL JIMENEZ MEJIAS, .....