Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: Declarar Con Lugar la Solicitud PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana MARIA ANGELICA MARAPACUTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.857.663, domiciliada en Valle Guanape, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio SALVADOR HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.532, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano ADRIAN JOSE ITRIAGO SILVA, (Difunto), quien era de nacionalidad venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº V-13.858.339, quien falleció en f.....