en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda; PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud de AUTORIZACION PARA VIAJAR AL EXTERIOR, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana: ANDREA ELIZABETH CARMONA DE HAWI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-23.535.558, portadora del pasaporte venezolano Nº184892327, casada, domiciliada: calle Sucre, Edif. Ivon, Piso II, NºB-03, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, con numero de teléfono: 0412-0858171, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LUISA ELENA AVILA, Fiscal Provisorio Decima Quinta para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del E.....