Decisiones del dia 16/09/2010
N° Expediente :
BP12-M-2005-000051
N° Sentencia :
BP12-M-2005-000051
Fecha: 16/09/2010
Procedimiento: Cobro De Bolívares Via Intimatoria
Partes: PARTE DEMANDANTE PLUMROSE LATINOAMERICANA, C. A./DEMANDADA: SUSYPAN C. A.
Resumen:
Constatadas las actuaciones cursantes en autos que las partes que celebraron la transacción tienen legitimación procesal para ello, y no existiendo prohibición legal sobre la materia, ello es suficiente para que este Tribunal le imparte de su aprobación.-
Este Tribunal por las razones expuestas, y por cuanto se evidencia la transacción celebrada en la presente causa, fue hecha conforme lo previsto en Nuestra Ley Adjetiva, contemplado en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, tal actuación se realiza conforme a derecho.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION celebrada, se procede como en sentencia pasada con Autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento civil.-
Juez/Ponente:
Karellis Rojas Torres
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
BP12-M-2006-000223
N° Sentencia :
BP12-M-2006-000223
Fecha: 16/09/2010
Procedimiento: Cobro De Bolívares Via Intimatoria
Partes: PARTE DEMANDANTE: LA FE DE GEDME 6132, /PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE MILITAREK, C.A.,
Resumen:
El Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil establece:
"Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil.- Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre las materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución"
En ese orden de ideas, y constatadas de las actuaciones cursante en los autos, que las partes que celebran la transacción, tienen legitimación procesal y no existiendo prohibición legal alguna sobre esta materia, ello es suficiente para darle su homologación, y así se decide.-
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCION, celebrada por las partes y procédase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada conforme a lo establecido en los artí.....
Juez/Ponente:
Karellis Rojas Torres
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
BP12-F-2010-000070
N° Sentencia :
BP12-F-2010-000070
Fecha: 16/09/2010
Procedimiento: Particion Amigable De Bienes De La Com Conyugal
Partes: PARTE DEMANDANTE: EDELKIS TOMASA CENTENO Y LUIS RAFAEL VIDAL OCHOA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 12.191.485 Y 11.655.394, RESPECTIVAMENTE/
Resumen:
Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que las partes que realizan el Convenimiento tienen legitimación procesal para ello, que además consta en los mismos copia certificada de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Protección Del Niño y El Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 04 de diciembre de 2.009, de la cual se desprende la disolución del vínculo matrimonial, que fue consignado con el escrito libelar, y por no existir prohibición legal sobre la materia, ello es suficiente para que este Tribunal le de su aprobación.-
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO formulado y procede como en sentencia pasada con Autoridad de cosa Juzgada conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
Juez/Ponente:
Karellis Rojas Torres
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito