Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer de la presente demanda ACCION MERODECLARATIVA, presentada por el ciudadano MARCOS GUZMAN TURMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.205.648, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES REITAGUAFE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de esta Circunscripción Judicial, bajo el Número 6, Tomo A-53, en fecha 12-7-2005, debidamente asistido por el abogado JUVENAL MATA CHACIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 9.627, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SANTA ANA DEL ESTADO ANZOATEGUI, representada por el ciudadano Alcalde GERSON RAFAEL MARTINEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la C.....