Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación interpuesta en contra de la abogada Esther María Camero de Guevara, en su condición de Juez del Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; por el abogado Jairo Revilla Duarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.781, en el juicio incoado por el ciudadano Rafael Carrillo, en contra de la empresa Conedil, S.A.
En consecuencia, en virtud del pronunciamiento anterior, de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo), que deberá ser pagada dentro del lapso de tre.....