esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, Acuerda, en consecuencia: PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud planteada por los Ciudadanos AIDA ANTONIA, YURAIMA MARIA Y CARLOS ALBERTO MIRABAL MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-8.973.398 N° 5.997.871 y 10.943.505 , a los adolescentes (xxx) y a su esposa la ciudadana MARIA ELENA PARAVISINI DE MIRABAL. SEGUNDO: Se DECLARA como HEREDEROS UNIVERSALES del Ciudadano PASCUAL RAFAEL MIRABAL BARBERI, fallecido el día 13 de Octubre de 2011, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-262.042 a sus hijos AIDA ANTONIA, YURAIMA MARIA Y CARLOS ALBERTO MIRABAL MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titula.....