Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible el recurso de casación anunciado, por la abogada RAQUEL DE LA BLANCA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 63.198, en su carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LA BLANCA y ANTONIO DE LA BLANCA GARCIA, plenamente identificados en autos en fecha 21 de Noviembre de 2016. Y así se decide.